LA RESPONSABILIDAD DEL TITULAR DE LA INSTALACIÓN

Sea cuál sea la modalidad de contratación, el propietario tiene que tener en cuenta que sobre él recae la responsabilidad ante la Administración de la correcta ejecución de todos los requisitos legales de mantenimiento. Por lo que siempre debe mantener una supervisión activa del mantenimiento legal y no debe entender nunca que por el echo de haberlo contratado ha delegado esta responsabilidad y puede desentenderse del problema.

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Las responsabilidades que la Administración hace recaer sobre el titular de la instalación, es decir, de quien figura como propietario de ésta en los registros oficiales, son las siguientes:

  • Utilizar los equipos dentro de los límites de funcionamiento previstos por el fabricante y retirarlos del servicio si dejan de disponer de los requisitos de seguridad necesarios.
  • Realizar el mantenimiento de las instalaciones, accesorios de seguridad y dispositivos de control de acuerdo con las condiciones de operación y las instrucciones del fabricante.
  • Ordenar la realización de las inspecciones periódicas que les correspondan, de acuerdo con lo dispuesto en el reglamento de aplicación.
  •  Disponer y mantener al día un registro de los equipos, incluyendo las fechas de realización de las inspecciones periódicas, así como las modificaciones o reparaciones.
  • Ordenar, en su caso, las reparaciones o modificaciones necesarias.
  • Informar de los accidentes que se produzcan.
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